Temas prácticos: RG 3829 (AFIP) Pago de cuotas rehabilitadas de planes de facilidades de pagos AFIP
| Por Diego Robledo

Con la aparición de la RG 3829 de la AFIP publicada el 11/08/2016 pasado el organismo fiscal le permite al contribuyente contar con una opción de cancelación de las cuotas rehabilitadas de un plan de facilidades de pagos.

La norma establece la posibilidad de realizar el pago mediante la generación y el uso de un volante electrónico de pago (VEP), si bien dicha modalidad es de empleo frecuente para la cancelación de distintas obligaciones fiscales del contribuyente, en esta ocasión es toda una novedad tratándose de cuotas de un plan de facilidades de pagos.

Desde el punto de vista de la facilidad, agilidad y cierta seguridad es claramente un avance para el sujeto obligado.

Sin embargo es oportuno hacer algunas reflexiones y aclaraciones al respecto con el fin de esclarecer y facilitar la debida utilización de la herramienta por parte de los contribuyentes.

  1. Su admisibilidad como medio idóneo de pago sólo es posible para cuotas rehabilitadas y no para poder emplearla en los vencimiento originales de las cuotas que proceden los días 16 de cada mes como primer vencimiento y los días 26 como segundo vencimiento, manteniéndose para estos casos el cobro del fisco mediante el débito automático en cuenta bancaria.
  2. La confección del VEP sólo procede cuando el servicio web “Mis Facilidades” registre la condición de impaga la segunda fecha de vencimiento con la que cuenta el contribuyente.
  3. La novedad consiste en que la AFIP agrega un botón adicional dentro de la solapa “Rehabilitación Cuotas” con la leyenda Generar VEP para la realización del pago inmediato de la cuota vencida, el contribuyente mantiene la opción de “Rehabilitar” la cuota para su cancelación mediante débito en cuenta bancaria el 12 del mes siguiente al de la fecha de rehabilitación de la misma.
  4. Se deben tener en cuenta algunas limitaciones:

    1. Sólo es posible generar un VEP por día con lo cual no se puede cancelar por este medio más de una cuota vencida en un mismo momento como sí ocurre con la modalidad de cuotas rehabiltadas siendo posible cancelar cuotas rehabilitadas de distintos planes de facilidades en la misma fecha.
    2. La duración de la vigencia del VEP expira a las 24 horas del día que se realiza la confección del mismo.
    3. No se puede realizarlo los días no hábiles o feriados, con lo cual debe generarse nuevamente en el primer día hábil inmediato siguiente no trasladándose el existente de fecha anterior.
    4. No se puede emplear la opción para la cancelación de cuotas vencidas de los planes de facilidades de pagos establecidos por la RG 3756.
    5. Si como consecuencia de esta nueva modalidad de pago se cancelara una misma cuota más de una vez, se la considerará abonada con el primer pago registrado, ya sea por Volante Electrónico de Pago (VEP) o por débito directo, y el excedente quedará a disposición del contribuyente para su posterior reafectación o devolución.
    6. La rehabilitación de la/s cuota/s impaga/s mediante Volante Electrónico de Pago (VEP) se podrá generar diariamente, excepto durante la ejecución de los procesos de control que imposibiliten habilitar dicha funcionalidad, situación que se comunicará a través de mensajes en la aplicación respectiva.

Como conclusión se puede mencionar que dicha implementación pretende agilizar el cumplimiento de los pagos de cuotas vencidas de los planes de facilidades de pagos de AFIP, dicha situación es favorable al contribuyente ya que le permite poder controlar la cancelación inmediata de la obligación pendiente sin correr riesgos de tipo temporal en relación a la instancia de caducidad del plan por falta de pagos de las obligaciones y de esta manera evitar los efectos de dicho decaimiento, en especial para los casos de deudas con inclusión de conceptos en gestión judicial por parte del fisco y para el caso de encontrarse la cuenta bancaria momentáneamente embargada en donde el sujeto puede subsanar este hecho sin dejar de cumplir.

De todas maneras como se ha mencionado anteriormente en esta reseña hay que conocer algunos detalles operativos previamente citados para que la herramienta sea eficiente tanto para el contribuyente como para el fisco.